El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a tramite el recurso de inconstitucionalidad presentado por diputados del grupo parlamentario socialista en el Congreso contra la tasa de copago aplicada por el Gobierno valenciano a los servicios sociales y que afecta a las residencias de mayores y a los centros de personas con discapacidad.
De este modo, el Constitucional ha aceptado el recurso presentado por mas de medio centenar de diputados socialistas contra los articulos 35 y 44 de la ley de Medidas Fiscales, de Gestion Administrativa y Financiera y de Organizacion de la Generalitat, conocida como la Ley de Acompanamiento, relacionados con una tasa que desde el colectivo de personas con discapacidad se considera abusiva e injusta.
La Generalitat tiene ahora un plazo de quince dias para que pueda personarse en el proceso y formular alegaciones, tras informar el Tribunal de la demanda y de los documentos aportados al Congreso de los Diputados, al Senado, a la Generalitat Valenciana y a las Corts.
El recurso fue presentado el pasado 30 de marzo por el secretario general del PSPV-PSOE y candidato a la Presidencia de la Generalitat, Ximo Puig, apoyado por los maximos representantes de la Discapacidad de la Comunitat, entre los que destacan Joan Planells, presidente del CERMI CV; Carlos Laguna, presidente de COCEMFE CV y vicepresidente del CERMI CV, y Enrique Llin, secretario general de esta plataforma y presidente del consejo territorial de la ONCE en la Comunitat.
Planells quiso destacar la neutralidad politica de la plataforma que preside, aunque agrego que no podian dejar pasar actuaciones contra las personas con discapacidad: No podemos permitir que la gente tenga que abandonar los centros por un copago capaz de vulnerar cualquier ley, como la ley de la Seguridad Social o el Codigo Civil», porque «contra la discapacidad parece que todo vale».
El CERMI CV ya presento en 2014 un recurso ante el Tribunal Superior de la Comunitat Valenciana (TSJCV) contra el copago, que declaro nulo el decreto que aprobo en pleno verano de 2013 el Consell de Alberto Fabra por el que se aprobaba el copago. No obstante, el Consell insistio en su aplicacion y lo aprobo en forma de tasa pese a los argumentos de caracter social esgrimidos por el Tribunal. En este fallo, el Tribunal recordaba al que los servicios regulados en el Decreto constituyen «servicios asistenciales, basicos e imprescindibles dirigidos a mayores y personas con discapacidad que no parece que sean grupos especialmente favorecidos», por lo que su recepcion no es voluntaria sino que afecta a aspectos esenciales de su vida diaria y a su dignidad personal.

Deja un comentario