COCEMFE Comunitat Valenciana, los sindicatos CCOO y FITAG-UGT y la Federacion Mediterranea de Estaciones de Servicio (FEDMES) alertan de las consecuencias que supondria la aplicacion del borrador de resolucion redactado por la Direccion General de Comercio y Consumo, dependiente de la Conselleria de Economia Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, respecto a los horarios de atencion con personal en las estaciones de servicio.
Desde principios de ano, las gasolineras desatendidas estan obligadas a disponer de una persona responsable para garantizar los derechos de los consumidores, en especial, los de las personas con discapacidad, en virtud de la aprobacion de la disposicion segunda adicional introducida en la Ley 1/2011, de 22 de marzo, mediante la Ley 10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestion administrativa y financiera y de organizacion de la Generalitat.
No obstante, faltaba por regular el horario de atencion con personal mediante una resolucion, cuyo borrador, remitido a finales de febrero por la Direccion General de Comercio y Consumo a las partes afectadas, lo limita unicamente de 8.00 a 20.00 horas (horario diurno) y durante los dias laborables. A su vez, este horario se preve aun menor (entre las 8.00 y las 14.00 horas de los dias laborables) en municipios con poblaciones inferiores a los 1.000 habitantes. El resto de horas y dias, las gasolineras pueden estar desatendidas.
COCEMFE Comunitat Valenciana, CCOO, FITAG-UGT y FEDMES ya han elevado diferentes escritos a la Direccion General de Comercio y Consumo alertando de las consecuencias que supondria la entrada en vigor de esta resolucion respecto a la seguridad de los usuarios, a los derechos de los consumidores y a la destruccion drastica de puestos de trabajo, asi como a la conversion de los contratos existentes por otros a tiempo parcial.
COCEMFE CV ha reclamado que el horario diurno para estos establecimientos sea acorde al que ya se cumple en el resto de puntos de venta, es decir, de 6.00 a 22.00 o de 7.00 a 23.00 horas, con el objetivo de garantizar la atencion a las personas con la movilidad reducida. Ademas, recuerda que los derechos de los consumidores, especialmente de las personas con discapacidad, no deben ser garantizados unicamente los dias laborables, sino siempre que un establecimiento se encuentre abierto y en servicio, para garantizar la igualdad de oportunidades.
UGT, a su vez, tambien reclama la atencion de una persona en cada estacion de servicio durante todo el periodo de apertura, en todos los turnos de trabajo, para poder garantizar el objeto de la Ley 10/2015 de 29 de diciembre con respecto a consumidores, usuarios y personas con discapacidad. Si no fuera asi, las personas con discapacidad se verian obligadas a poder acudir solamente en dias laborables y durante el dia, lo que mermaria absolutamente el ejercicio de los consumidores y usuarios, agrega Ramon Morales, secretario general de FITAG-UGT del Pais Valenci.
Destruccion drastica de puestos de trabajo, segun CCOO
Segun CCOO, ademas de una justificacion legal, existe otra de caracter laboral tan trascendente como aquella. La reduccion de la jornada diurna planteada llevaria de manera inmediata a la readaptacion por parte de sus empresas a lo exigido por la norma y esto supondria, de entrada, una destruccion drastica de puestos de trabajo y la conversion a tiempo parcial de buena parte de los contratos existentes, advierte Vicente Rodriguez Jara, Responsable de Accion Sindical de la Federacion de Industria de CC.OO. PV.
Por ultimo, el presidente de FEDMES lanza esta reflexion: Si no se regula bien, todas las estaciones de servicio acabaran estando atendidas solo de 8.00 a 20.00 horas en dias laborables. Y, entonces, quien velara por la seguridad el resto de horas y los dias festivos? A que estaciones de servicio acudiran las personas con discapacidad?

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