Hoy dia 20 de febrero la Conselleria de Bienestar Social ha pasado la tasa de copago a quienes habian dado autorizacion para domiciliar el cobro, pero tambien la ha pasado a usuarios de los centros del IVAS cuyos familiares o tutores no habian autorizado el cobro domiciliado de la tasa, y sin su conformidad las han pasado a la Conselleria que no ha dudado en cobrarles hoy el recibo bancario. Puede haber prevaricacion cuando la Generalitat vulnera la Ley de Proteccion de Datos a sabiendas, como seria este caso? Se da ademas la circunstancia que ni las familias ni los tutores, en el caso de huerfanos, han recibido en estos momentos la resolucion que les impone la tasa. Como se le puede pasar a uno recibo bancario sin ni siquiera haberse molestado en enviar la resolucion?
El CERMI CV, pide que se investigue todas estas tropelias y se destituya a las personas que ordenan tantas vulneraciones de la Ley.
Tendriamos que repasar todas las irregularidades que se han hecho en estas tramitaciones, para hacer una Ley en una materia que el TSJ les ha dicho que no son competentes y luego aplicarla como la estan aplicando.

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