La Federacion Provincial de Personas con Discapacidad Fisica y Organica, COCEMFE Castello, pondra al servicio de los castellonenses con movilidad reducida sus furgonetas adaptadas con el fin de que su discapacidad no sea un impedimento y que puedan ejercer su derecho al voto. Este servicio estara disponible para Castello, Almassora y Burriana, ciudades donde la entidad gestiona el transporte adaptado.
Para ello se ha establecido un protocolo de solicitud, durante esta semana a traves de dos numeros de telefono: 964270430 (para Castello) y 964223320 (para las otras poblaciones), que estara operativo hasta el viernes 23 a las 13:30. Una vez gestionada la solicitud, la persona sera trasladada desde su domicilio al colegio electoral correspondiente y llevada a su vivienda de nuevo.
Casos de discriminacion
COCEMFE Castello anima a cualquier persona con discapacidad que encuentre barreras en los colegios electorales o sufra cualquier tipo de discriminacion a la hora de ejercer su voto el 25 de mayo, para que realice la pertinente reclamacion ante la Mesa Electoral y denuncie los hechos ante la Junta Electoral de Zona, ya que estas denuncias sirven de gran ayuda en la elaboracion de los informes y estudios sobre accesibilidad y no discriminacion que se tienen que realizar despues de cada proceso electoral.
Normativa vigente desde 2011
La entidad recuerda que las autoridades competentes en la Comunitat Valenciana son las que deben garantizar el ejercicio efectivo y en condiciones de igualdad de oportunidades del derecho de sufragio de las personas con discapacidad en las elecciones al Parlamento Europeo del proximo 25 de mayo, en cumplimiento de la normativa nacional vigente y de la Convencion Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Segun recoge el Reglamento sobre condiciones basicas para la participacion de las personas con discapacidad en la vida politica y en los procesos electorales, se debera proporcionar un medio de transporte gratuito a toda persona con movilidad reducida que quiera ejercer su derecho a voto en los casos en que no exista transporte publico accesible.
Igualmente, para el correcto ejercicio del derecho de sufragio activo, los locales electorales deberan ser accesibles y las secciones y mesas electorales tendran que estar bien senalizadas. Ademas, debera estar garantizada la privacidad y el secreto del voto de las personas con discapacidad con la reserva de espacios especificos y accesibles. Asimismo, los miembros de las mesas electorales tendran la obligacion de velar para que los electores con discapacidad puedan ejercer su derecho de voto con la mayor autonomia posible adoptando para ello los ajustes razonables que resulten necesarios.

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