- La Directiva establece requisitos generales de accesibilidad para teléfonos, ordenadores o servicios bancarios, entre otros productos
- COCEMFE CV ofrece su apoyo a administraciones y empresas para adaptar sus productos y servicios a la nueva legislación
La Confederación de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunitat Valenciana, COCEMFE CV, ha celebrado la entrada en vigor de la Ley Europea de Accesibilidad, que establece estándares comunes en accesibilidad para productos y servicios esenciales de la vida cotidiana, como teléfonos móviles, cajeros automáticos, servicios bancarios, comercio online o atención a emergencias.
La Directiva UE 2019/882, impulsada por la Comisión Europea en el marco de la Estrategia sobre los derechos de las personas con discapacidad 2021-2030, entró en vigor el pasado 28 de junio con el objetivo de eliminar las divergencias en materia de accesibilidad digital existentes en el mercado europeo. Esta medida beneficiará a los más de 101 millones de personas mayores de 16 años con discapacidad que viven en territorio de la Unión, según datos del Consejo Europeo de 2023.
Para COCEMFE CV se trata de un hito necesario para cumplir con el Artículo 9 de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que exige a los Estados garantizar que las personas con discapacidad puedan acceder en igualdad de condiciones a los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia.
Albert Marín, presidente de COCEMFE CV, defiende que “con esta Directiva la Unión Europea avanza hacia una cohesión verdaderamente inclusiva, evitando desigualdades entre países en productos esenciales para la vida actual”, ha señalado. “Además, esta normativa ve la accesibilidad como algo dirigido a la ciudadanía en general y establece que todo lo nuevo en este ámbito debe ser accesible desde el origen, lo que debería permitir grandes avances en accesibilidad desde el diseño del servicio al cliente, pasando por los proveedores”, ha concluido.
Asesoramiento en la transición
Los productos y servicios que se pongan en el mercado europeo a partir del 28 de junio de 2025 deberán cumplir obligatoriamente los requisitos de accesibilidad establecidos. Para los productos y servicios ya existentes, se ha establecido un periodo transitorio de cinco años, hasta junio de 2030.
COCEMFE CV pone a disposición tanto al sector público como al privado todos sus servicios para asesorar en el proceso de adecuación y resolver dudas sobre la correcta aplicación de la normativa.
Principales cambios por áreas
Los cambios derivados de la Directiva UE 2019/882 ya se perciben en diferentes áreas:
En el Servicio de Emergencias 112, aquellas personas que necesiten contactar con el servicio podrán hacerlo mediante una llamada, siguiendo la manera habitual, pero también mediante otras vías como la videoconferencia o por escrito, entre otros, haciendo que la voz no sea un elemento imprescindible en el proceso.
Respecto a los cajeros automáticos, desde ahora podrán utilizarse con auriculares para facilitar el proceso de uso a personas con discapacidad visual mediante instrucciones de audio. Además, la normativa también alienta a introducir texto de mayor tamaño, iconos de alto contraste o brillo regulable en las pantallas de los cajeros, entre otros elementos.
Por otro lado, los teléfonos móviles, ordenadores, ‘tablets’, libros electrónicos, así como los sistemas operativos, también habrán de adaptarse a la Directiva; las plataformas de comercio electrónico habrán de garantizar la accesibilidad de todos sus procesos; y los servicios de transporte habrán de adaptar tanto sus webs, como sus sistemas de información y expedición de billetes.
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